El pasado día 27 de enero se publicó en el BOE (nº 23), Resolución de 20 de enero de 2011, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2011 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Tal y como establece la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, con carácter anual deben actualizarse las cuantías indemnizatorias que se recogen en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, el índice general de precios al consumo se incrementó en un 3 por ciento en el periodo anterior, por lo que en consecuencia se procede a actualizar las cuantías para el presente ejercicio. Para ello, se toma como base las cifras contenidas en el anexo del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
Entre otras modificaciones, se establece, como Indemnización básica, incluidos daños morales (Tabla V):
- durante estancia hospitalaria, corresponderá 67,98 euros de indemnización diaria,
- sin estancia hospitalaria:
*si existe carácter impeditivo corresponderá 55,27 euros
*no impeditivo corresponderá 29,75 euros de indemnización diaria
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